El impuesto de exportación de petróleo se prorroga hasta noviembre, pero se suspende el cobro para las asociadas de Abep
El Gecex-Camex prorrogó por 60 días la alícuota del 12 % sobre el petróleo crudo, mientras que una medida cautelar de la Justicia Federal suspendió el cobro para las empresas asociadas a Abep. La decisión judicial todavía puede ser revertida.

El Gobierno federal prorrogó por otros 60 días la alícuota del 12 % del Impuesto de Exportación sobre el petróleo crudo. La decisión fue tomada por el Gecex-Camex, vinculado al Ministerio de Desarrollo, Industria, Comercio Exterior y Servicios (Mdic), y mantiene formalmente el cobro hasta el 6 de noviembre de 2026.
La prórroga ocurrió el 27 de agosto, el mismo día en que la Justicia Federal del Distrito Federal concedió una medida cautelar que suspendió el cobro para las empresas asociadas a la Asociación Brasileña de Empresas de Exploración y Producción de Petróleo y Gas (Abep). La suspensión se aplica a los cobros realizados a partir de esa fecha y no alcanza los importes recaudados anteriormente.
La decisión fue dictada por el juez Diego Câmara, de la 17.ª Sala Federal del Distrito Federal, en un mandamiento de seguridad colectivo presentado por Abep. El magistrado entendió que el Poder Ejecutivo no podía recrear, mediante una resolución administrativa, un tributo creado por una medida provisional que perdió su vigencia sin votación del Congreso.
Según los fundamentos judiciales, la Constitución impide reeditar, en el mismo año, una medida provisional con el mismo contenido. Para el juez, la renovación de la alícuota mediante un acto del Gecex-Camex podría eludir el proceso legislativo.
El impuesto había sido establecido en marzo y prorrogado por el Gecex-Camex el 9 de julio, por 60 días. El Gobierno defendió el cobro como una medida temporal y regulatoria destinada a desalentar la exportación de petróleo y preservar la oferta para el mercado interno en un escenario de inestabilidad internacional.
El equipo económico también vinculó la recaudación del tributo con la financiación de subvenciones para productores e importadores de gasolina y diésel. Hasta julio, los ingresos acumulados por el impuesto habían alcanzado R$ 7,982 mil millones.
La medida cautelar representa un capítulo más de la disputa judicial iniciada por las empresas del sector. Una decisión favorable obtenida en abril había sido posteriormente revocada por el Tribunal Regional Federal de la 2.ª Región. El fondo de la acción más reciente todavía será analizado, y la medida cautelar puede mantenerse o revertirse.
Con ello, la alícuota sigue prevista en la norma administrativa hasta noviembre, pero el cobro está suspendido por decisión judicial para las empresas comprendidas en la acción de Abep. El Gobierno todavía debe evaluar los efectos de la medida cautelar y las medidas que podrán adoptarse.
